Es un contrato en virtud del cual una entidad de intermediación financiera se obliga con su cliente, hasta una cantidad determinada y durante cierto tiempo, a concederle crédito mediante desembolso de dinero, abono en cuenta corriente, aceptaciones de letras de cambio, concesión de avales o garantías; recibiendo como pago el reembolso de las sumas efectivamente desembolsadas y pago de intereses y otros gastos expresamente convenidos.