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Formulario de solicitud
Requiriments
Requisitos

Persona Física:

El solicitante debe ser el titular de la información.

  • Copia legible del(los) documento(s) de identidad con el cual desea realizar la consulta.
  • Formulario Solicitud Información Financiera completado y firmado o comunicación dirigida a la Superintendencia de Bancos que contenga su solicitud. 

Persona Jurídica (empresa):

El solicitante debe ser la persona que consta en el Certificado de Registro Mercantil y en el acta de Asamblea como Gerente.

  • Copia legible del(los) documento(s) de identidad del Gerente de la empresa.
  • Certificado de Registro Mercantil vigente de la empresa.
  • Última Acta de Asamblea debidamente registrada en la Cámara de Comercio correspondiente, que designa al Gerente de la empresa, y que, a la fecha de la solicitud, el período de designación permanezca vigente. En caso de EIRL deberá depositarse el documento equivalente, cuando el Gerente sea una persona distinta al propietario.
  • Formulario Solicitud Información Financiera completado y firmado o comunicación dirigida a la Superintendencia de Bancos que contenga su solicitud.

Persona Fallecida:

  • Copia legible del(los) documento(s) de identidad con el cual desea realizar la consulta. Si no dispone de la copia de la cédula del fallecido, debe suministrar una certificación emitida por la Junta Central Electoral (JCE) respecto al documento de identidad.
  • Acta de defunción del fallecido emitida por la Junta Central Electoral o la autoridad equivalente en un país extranjero.
  • Formulario Solicitud Información Financiera completado y firmado o comunicación dirigida a la Superintendencia de Bancos que contenga su solicitud.
  • Prueba del vínculo entre el solicitante y el fallecido:
    • Actas de nacimiento que resulten necesarias de acuerdo con el orden sucesoral y que consignen el número del documento de identidad de los padres. Si se trata de una adopción, documentación legal que lo acredite.
    • Actas de defunción de sucesores fallecidos, según corresponda, de acuerdo con el orden sucesoral. Se exceptúan de este requisito, los casos en los que el solicitante sea hijo, o cuando se trate del padre/madre o hermano siempre que en la determinación de herederos se indique que la persona fallecida no tuvo descendientes.
    • Compulsa del Acto de Notoriedad (determinación de herederos cuando al fallecido no le sucedan descendientes, como hijos, incluyendo los adoptivos / testamento) legalizada ante la Procuraduría General de la República Dominicana.
    • Cuando el solicitante sea el cónyuge o concubino, es necesario depositar Acta de matrimonio que consigne el documento de identidad de ambos cónyuges o sentencia de homologación del acto de notoriedad de concubinato, en ambos casos con fecha posterior a la muerte.

Tercero (representante legal autorizado por poder):

Adicional a los requisitos anteriores debe depositar:

  • Copia legible del documento de identidad del apoderado.
  • Poder de Representación notarizado y legalizado ante la Procuraduría General de la República Dominicana, el cual debe contener la autorización de realizar la solicitud ante la Oficina de Servicios y Protección al Usuario de la Superintendencia de Bancos y ser específico respecto de la autorización para solicitar la información que desea. Puede utilizar los modelos que tenemos disponibles:

Tome en cuenta:

  • Copia legible del documento de identidad del apoderado.
  • El documento de identidad puede ser la cédula de identidad (frontal y dorsal) o pasaporte [en caso de
    ser extranjero(a) no residente].
  • Los documentos requeridos deben ser presentados en original, legibles y en idioma español, los cuales serán verificados, escaneados y devueltos al(a la) propietario(a) de la información. Cuando la solicitud sea creada a través de canales de atención no presenciales, las versiones digitalizadas serán aceptadas y verificadas provisionalmente, debiendo presentar los originales en cualquier momento hasta retirar el informe (el cual es entregado de manera presencial).
  • Todo documento depositado en idioma distinto al español deberá ser traducido por un(a) oficial acreditado(a), cuya firma deberá ser legalizada o certificada, según el caso, conforme el procedimiento que corresponda [por ejemplo, a través de Procuraduría General de la República Dominicana, Ministerio de Relaciones Exteriores(MIREX) o apostilla].
  • Los documentos oficiales (acta de nacimiento, acta de defunción, acta de matrimonio, poder, entre otros) expedidos en país extranjero signatario de la Convención de La Haya, deben presentar la apostilla de los documentos por parte del país emisor de los mismos; de ser expedidos por algún Consulado de la República Dominicana en el extranjero, la firma del(de la) Cónsul debe ser legalizada en el MIREX.
  • Los documentos oficiales expedidos en países no signatarios de la Convención de la Haya, deben ser legalizados por el país emisor, y, posteriormente ante la embajada o consulado de República Dominicana en dicho país, debiendo la firma de este(a) último(a) funcionario(a) ser legalizada ante el MIREX (apostilla).
  • En caso de que el(la) solicitante sea menor de edad, de padres fallecidos, debe suministrar el Acta del Consejo de Familia, debidamente homologada.
  • Puede subsanar las solicitudes incompletas en un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del estatus del caso “condicionado”. Previa solicitud del (de la) usuario(a) este plazo podrá ser ampliado hasta un máximo de cinco (5) días. Si no suministra los documentos o informaciones requeridos, se le notificará la declaratoria de inadmisibilidad.
Clock
Tiempo de respuesta

Hasta 60 días calendario. Excepcionalmente podría aumentar en función de la complejidad del caso, conforme al Artículo 20 de la Ley 107-13, sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. G.O. núm. 10722 del 8 de agosto de 2013.

Las solicitudes incompletas pueden ser subsanadas en un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del estatus del caso “condicionado”. Previa solicitud del usuario este plazo podrá ser ampliado hasta un máximo de cinco (5) días. Si no suministra los documentos o informaciones requeridos, se le notificará la declaratoria de inadmisibilidad.

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Presencial

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Escríbenos a contacto@prousuario.gob.do con todos los requisitos solicitados. Estaremos contactándote en un plazo de 48 horas laborables.

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