Ley núm. 107-13 sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. G. O. núm. 10722 del 8 de agosto de 2013:
“Artículo 48. Forma de presentación. Los recursos administrativos se presentarán por escrito en los registros de los órganos competentes para resolverlos, que deberá admitirlos y tramitarlos siempre que de su contenido se pueda deducir la actuación administrativa recurrida, la voluntad de impugnación y los motivos concretos de inconformidad.”
Toma en cuenta
Las solicitudes incompletas podrán ser subsanadas en un plazo de 10 días hábiles contados a partir del depósito inicial de los documentos, conforme la normativa vigente. Vencido dicho plazo sin que se haya subsanado lo requerido por esta Oficina, se procederá con una desestimación por acuerdo mutuo, en consonancia con el Artículo 23 de la Ley 107-13, sobre Los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo.
Hasta 30 días calendario.
Recuerda, puedes consultar el estatus de esta y otras solicitudes que hayas realizado haciendo clic aquí
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Escribiendo a nuestro correo contacto@prousuario.gob.do incluyendo todos los requisitos solicitados y una breve explicación del caso. Estaremos contactándote en un plazo de 48 horas laborables.
Agendando una cita desde nuestra página web y con los documentos requeridos escaneados, podrás realizar un recurso de reconsideración de manera virtual y personalizada.
Si prefieres visitarnos de manera presencial, tenemos a disposición nuestras oficinas de ProUsuario en Santo Domingo y Santiago.