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En determinadas circunstancias, surge la necesidad de conocer datos de productos financieros nuestros, de algún familiar fallecido, o de una empresa bajo nuestro cargo. 

Para estos fines, existe el servicio de Información financiera de ProUsuario, mediante el cual puedes solicitar datos financieros de los que seas titular o sobre la que tengas facultad legal ante una entidad de intermediación financiera o cambiaria.  

¿Qué tipo de datos puedo solicitar a través de este servicio? 

Estados de cuentas y movimientos, balances y existencia de cuentas o productos financieros a tu nombre o a nombre de un tercero, estatus de productos, contratos o cualquier otro documento que legalmente te corresponda, entre otros. 

Es muy importante notar que, para poder hacer uso de este servicio, debes contar con la calidad para realizar este tipo de solicitudes, ya que estas informaciones son de carácter confidencial. Por tanto, debes demostrar que eres el dueño de la información o que cuentas con la autorización expresa y la facultad legal para consultarla. En caso contrario, la ley no permite que la Superintendencia de Bancos procese tu solicitud. 

Por otro lado, para acceder al servicio de información financiera debes disponer de la documentación y requerimientos necesarios, los cuales varían según el escenario. 

Persona física 

Cuando eres solicitante y titular de la información, requerirás: 

  • Copia legible del/los documento/s de identidad con el/los que deseas realizar la consulta. 
  • Formulario Solicitud Información Financiera completado y firmado o comunicación dirigida a la Superintendencia de Bancos que contenga tu solicitud.  

Persona jurídica o empresa 

El solicitante debe ser la persona que consta como gerente de la empresa en el Certificado de Registro Mercantil y en la última acta de Asamblea. En este caso deberá tener: 

  • Copia legible del/los/ documento/s de identidad del gerente de la empresa. 
  • Certificado de Registro Mercantil vigente de la empresa. 
  • Última Acta de Asamblea, debidamente registrada en la Cámara de Comercio correspondiente, que designa al gerente de la empresa y que, a la fecha de la solicitud, el período de designación permanezca vigente. En caso de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL), deberá depositarse el documento equivalente, cuando el gerente sea una persona distinta al propietario o propietaria. 
  • Formulario Solicitud Información Financiera completado y firmado o comunicación dirigida a la Superintendencia de Bancos que contenga su solicitud. 

Persona fallecida 

  • Copia legible del(los) documento(s) de identidad de la persona solicitante. 
  • Copia legible del(los) documento(s) de identidad con el cual deseas realizar la consulta. Si no dispones de la copia de la cédula del fallecido, debes suministrar una certificación emitida por la Junta Central Electoral (JCE) respecto al documento de identidad. 
  • Acta de defunción del fallecido, emitida por la Junta Central Electoral o la autoridad equivalente en un país extranjero. Cerciórate de que el acta contenga el número de documento de identidad del fallecido y que cualquier documento emitido en el extranjero sea apostillado. Asimismo, debe estar acompañado de su traducción legal, según corresponda. 
  • Formulario Solicitud Información Financiera completado y firmado o comunicación dirigida a la Superintendencia de Bancos que contenga tu solicitud. 
  • Pruebas del vínculo con el fallecido: 
    • Actas de nacimiento necesarias de acuerdo con el orden sucesoral del solicitante, y que consignen del número del documento de identidad de los padres. Si se trata de una adopción, deberá aportarse la documentación legal que la acredite. 
    • Actas de defunción de sucesores fallecidos, según corresponda, de conformidad con el orden sucesoral. Se exceptúan de este requisito, los casos en los que el solicitante sea hijo o hija, o cuando se trate del padre/madre o hermano/a, siempre que en la determinación de herederos se indique que la persona fallecida no tuvo descendientes. 
    • Compulsa del Acto de Notoriedad, legalizada ante la Procuraduría General de la República Dominicana. Se trata de la determinación de herederos cuando al fallecido no le sucedan descendientes, como hijos/as, incluyendo los adoptivos /testamento. 
    • Cuando se trate de cónyuge o concubino/a, es necesario depositar acta de matrimonio que consigne el documento de identidad de ambos esposos, o bien la sentencia de homologación del acto de notoriedad de concubinato, en ambos casos con fecha posterior a la muerte. 

Tercero (representante legal autorizado por poder): 

Adicional a los requisitos anteriores (según cada caso), debes depositar: 

  • Copia legible del documento de identidad del apoderado. 
  • Poder de Representación notarizado y legalizado ante la Procuraduría General de la República Dominicana, el cual debe contener la autorización expresa de realizar la solicitud ante Prousuario y ser específico respecto de la autorización para solicitar la información que deseas. Puedes utilizar los modelos que tenemos disponibles: 

Si al momento de realizar tu solicitud cuentas con una registrada anteriormente con menos de seis (6) meses, comunícalo al representante que te está prestando el servicio, a fin de verificar cuáles de los documentos ya depositados pueden ser reutilizados, evitando que tengas que presentarlos nuevamente. 

Recuerda:  

La información que se provee a través de este servicio está legalmente protegida por obligación de confidencialidad, por tanto, constituye una responsabilidad de la Superintendencia de Bancos requerir toda documentación necesaria para validar la calidad del solicitante. 

Asimismo, la Superintendencia de Bancos no cuenta con las informaciones en su base de datos, por lo que este proceso se realiza a través de requerimientos dirigidos a las entidades de intermediación financiera supervisadas, las cuales deben garantizar la seguridad de tus datos de acuerdo con la Ley No. 172-13 sobre Protección de los Derechos de las Personas frente al Tratamiento de sus Datos Personales, así como suministrar todas las informaciones a las que tengas derecho, inclusive si tus productos se encuentran cancelados.  En este último caso, la información deberá estar disponible por un periodo de 10 años posteriores a la cancelación, según lo establecido en el Art. 51 de la Ley Monetaria y Financiera

Ten pendiente: 

Si requieres realizar una solicitud de información financiera, es de suma importancia que revises cuidadosamente los requisitos indicados para asegurarte de contar con los mismos al momento de presentarte ante ProUsuario, ya que la ley impone el marco de actuación por el que la Superintendencia de Bancos debe regirse. Ante cualquier duda, puedes comunicarte mediante los distintos canales de contacto

Para conocer los tiempos de espera, canales disponibles y más información acerca de este servicio, haz clic aquí. 

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