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Índice
CAPÍTULO V - DE ALGUNOS MECANISMOS ESPECIALES DE CONTRATACIÓN
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Introducción
AVISO DE LA JUNTA MONETARIA
TÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I - OBJETO, ALCANCE Y ÁMBITO DE APLICACIÓN CAPÍTULO II - DEFINICIONES
TÍTULO II - DE LA PROTECCIÓN AL USUARIO DE LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS FINANCIEROS
CAPÍTULO I - DERECHOS DE LOS USUARIOS DE LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS FINANCIEROS CAPÍTULO II - OBLIGACIONES GENERALES DE LAS ENTIDADES DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA Y CAMBIARIA CAPÍTULO III - DE LA OFICINA DE SERVICIOS Y PROTECCIÓN AL USUARIO DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS
TÍTULO III - DE LA INFORMACIÓN AL PÚBLICO Y LA PUBLICIDAD
CAPÍTULO I - DE LA INFORMACIÓN Y LA PUBLICIDAD
TÍTULO IV - DE LA CONTRATACIÓN
CAPÍTULO I - DE LOS CONTRATOS FINANCIEROS Y DE ADHESIÓN CAPÍTULO II - OBLIGACIONES Y FACULTADES DE LAS ENTIDADES DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA Y CAMBIARIA CAPÍTULO III - DE LAS CLÁUSULAS ABUSIVAS CAPÍTULO IV - DE LAS PRÁCTICAS ABUSIVAS CAPÍTULO V - DE ALGUNOS MECANISMOS ESPECIALES DE CONTRATACIÓN
TÍTULO V - DE LAS RECLAMACIONES, QUEJAS Y DENUNCIAS
CAPÍTULO I - DE LAS RECLAMACIONES SOBRE LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS FINANCIEROS CAPÍTULO II - DEL SISTEMA DE ATENCIÓN AL USUARIO CAPÍTULO III - OBLIGACIONES Y FACULTADES DE LAS ENTIDADES DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA Y CAMBIARIA CAPÍTULO IV - RECLAMACIONES INADMISIBLES POR ANTE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS CAPÍTULO V - RECLAMACIONES ANTE LAS ENTIDADES DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA Y CAMBIARIA Y LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS CAPÍTULO VI - DEL EFECTO TEMPORAL Y DEFINITIVO DE LAS RECLAMACIONES CAPÍTULO VII - DE LAS DENUNCIAS Y QUEJAS ANTE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS
TÍTULO VI - DEL SERVICIO DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS
CAPÍTULO I - DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA
TÍTULO VII - DE LA EDUCACIÓN FINANCIERA
CAPÍTULO I - RESPONSABLES DE LA EDUCACIÓN FINANCIERA Y SU COORDINACION
TÍTULO VIII - SANCIONES
CAPÍTULO I - SANCIONES
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TÍTULO IV - DE LA CONTRATACIÓN
CAPÍTULO V - DE ALGUNOS MECANISMOS ESPECIALES DE CONTRATACIÓN

Artículo 25. De la Contratación por Canales o Medios Electrónicos. Las entidades de intermediación financiera podrán estructurar mecanismos de contratación de sus servicios, mediante el uso de plataformas electrónicas, siempre que observen el cumplimiento de las disposiciones generales y especiales sobre la materia, de este Reglamento y las demás normas aplicables.

Párrafo. La Superintendencia de Bancos podrá precisar mediante Instructivo emitido al efecto, los aspectos que deben observar las entidades de intermediación financiera al momento de ofertar la contratación, modificación o cancelación de servicios y productos financieros por canales electrónicos. Estos medios deberán prever la generación de mensajes, avisos u otros medios de confirmación del resultado de las transacciones, así como permitirle al Usuario consultar el histórico de estos trámites.

CAPÍTULO I - DE LAS RECLAMACIONES SOBRE LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS FINANCIEROS
Reglamento de protección al usuario de los productos y servicios financieros
El Reglamento de Protección al Usuario de los Productos y Servicios Financieros, dictado por Junta Monetaria el 05 de febrero de 2015 y modificado el 30 de septiembre de 2015, establece entre otras cosas los principales derechos que tienes como usuario. Estos son:
Obtener y/o acceder a la información y documentación
Acceder a los productos y servicios
Tener protección
Elegir
Reclamar
Obtener educación financiera